¿Existe solo un motivo económico para la actuación de los que cometen delitos informáticos?.
Tuvimos la ocasión de ver el programa de Equipo de Investigación de la Sexta Tv sobre el hacker Alcasec, que con sólo 19 años vendió datos sensibles de altas Instituciones del Estado.
En portada , en la edición digital de www.lasexta.com, el joven de 19 años dice: "la cárcel me ha venido bien. Toca cambiar de etapa".
Porque los delitos, no se circunscriben al ámbito económico, sino que dada la propia naturaleza del mismo, según resume wikipedia, " delito informático, delito cibernético,.., es toda acción antijuridica que se realiza en el entorno digital..".
Se producen delitos contra la seguridad, la propiedad y la a identidad de las personas, ... Todos utilizando un equipo informático.
El autodenominado Alcasec señala que el motivo de su actuación fue la venganza por una Sentencia injusta.
Señala en la entrevista que se arrepiente, pero que no es responsable de los daños "colaterales". Muchas personas han perdido el piso al no poder pagar la hipoteca, ya que sus cuentas fueron "limpiadas" por el hacker.
Después depositar un millón de euros, al salir de la cárcel de Almería se arrepiente.
Pendiente de juicio, reconoce algunos delitos y puede ser condenado a entre 10 y 20 años de cárcel.
Amenaza en la red
La amenaza es cada vez más frecuente. Según la Policia, que dispone de la unidad de delitos informáticos, las "incidencias" han aumentado en éste año en más de un 15%.
Todos los equipos pueden ser vulnerables. Móviles, ordenadores,...
Lo importante es estar atentos, no bajar la guardia.
Porque una distracción es peligrosa usando un vehículo con ruedas o uno de transmisión de información.
Los delitos económicos a través de la red
El ciberdelincuente puede aprovechar la vulnerabilidad de la persona u organización agredida para obtener un lucro económico. Es lo que ocurre en la mayor parte de los casos, pero también para hacer daño. Para saber más: _informático
Aunque también, se utiliza como chantaje por motivos personales, ideológicos. No es extraño que esa agresión tenga un substrato psicológico.
El delito busca también apropiarse de los derechos de autor, es lo que se denomina piratería informática.
Este último implica entrar en las webbs privadas de las empresas, o incluso, suplantarlas.
No es inusual que el pirata busque quedarse con nombres de dominio, redirigiendo las páginas a redes pornográficas, venta de productos inexistentes, de datos para hacer phisihng, etc...
Los delitos informáticos en el Código Penal.
En España, la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de Noviembre, ya empezó a regular con más profundidad.
Estos delitos están regulados en numerosos países.
La transformación digital, la necesidad de la formación
La formación es cada vez más acuciante en el medio rural en particular.
La España vaciada necesitaría un empuje, mediante la creación de cursos específicos de formación para el majeo de las herramientas digitales.
Volveremos a ello en próximos artículos.
Imagen desde el Polo Norte. Allí no comienza el ciberespacio.